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Instrucciones:
- Comienza a tipear el texto para que inicie la prueba.
- Ingresa en forma textual sin alteraciones, repeticiones o supresiones, el texto impreso o de la pantalla. Tienes 4 minutos para escribir correctamente 140 palabras. Una vez cumplido ese tiempo el programa te mostrará la cantidad de palabras que has escrito, remarcando aquellas que estén mal escritas.
- Si quieres detener el reloj hacé clic en DETENER. Cuando comiences a escribir denuevo se reanudará la prueba.
- Para reiniciar la prueba hace clic en REINICIAR. Cuando comiences a tipear se iniciará la prueba
- Para elegir otro texto hacé clic en NUEVO EXAMEN.
- Para repetir la prueba hacé clic en REPETIR EXAMEN.
- Para imprimir el texto jurídico hacé clic en IMPRIMIR.
Recomendaciones:
- Trata de no silenciar el sonido del teclado así te acostumbras y no te distrae en la prueba real.
- Realiza la prueba con tiempos más ajustados así te exijes más. Para esto, posiciona la flecha del mouse sobre el reloj e ingresa otro tiempo. Por ejemplo, 180 (3 minutos).
- Prueba con tipear corrigiendo todas las palabras y también sin corregir. Esto te permitirá determinar si te demoras más en corregir que en seguir tipeando.
- Imprime el texto jurídico para simular cómo va a ser la prueba real.
- Si te sobra tiempo continua escribiendo. Repite el texto desde el inicio hasta que se te acabe el tiempo.
Texto a tipear Nº 48 (216 Palabras)
y con efecto suspensivo mediante recurso fundado dentro del término de diez días por ante la cámara de apelaciones en lo penal que corresponda. El colegio de abogados podrá intervenir en la sustanciación del recurso.
En caso de inscripción indebida, el recurso podrá deducirse por cualquier miembro del respectivo colegio. La falta de resolución dentro del término de 30 días, importará la denegación de la inscripción.
ARTICULO 302.- Los tribunales de etica de los colegios de abogados podrán requerir directamente el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de sus funciones, recabándola de las autoridades competentes que correspondan, las que deberán prestarle toda la colaboración necesaria, en la misma forma que a los magistrados judiciales.
ARTICULO 303.- Sin perjuicio de otros requisitos especiales para ejercer las profesiones de abogado o procurador, es indispensable estar inscripto en la matrícula de su respectivo colegio.
La matrícula de abogado autoriza automáticamente el ejercicio de la procuración.
ARTICULO 305.- El estatuto exigirá la constitución de fianza en aquellos casos en que lo requiera el ejercicio de su profesión. La fianza puede ser real o personal y se ofrecerá ante el presidente del respectivo colegio.
Recuerde que este sitio web es solo una herramienta para practicar dactilografía y ortografía en un entorno similar al que normalmente se presentan en los concursos de ingreso al Poder Judicial en todo el País. Este sitio web no garantiza en forma alguna el ingreso al Poder Judicial, no es requisito obligatorio para ingresar al Poder Judicial ni tiene aval alguno ni relación por parte del Poder Judicial ni de organismo oficial Nacional o Provincial. El programa con el que Usted practica en el sitio web simula el entorno en el cuál se llevará a cabo la prueba teniendo en cuenta los tiempos y consignas, pero no es igual. Es sólo para que Usted practique dactilografía y ortografía y trate de mejorar los tiempos y resultados. El programa no enseña ortografía ni gramática, sólo evalúa que Usted ingrese correctamente el texto impreso y/o que corrija los errores intencionalmente introducidos en la prueba de ortografía. El Texto utilizado en las pruebas es extraído al azar del manual de estudio.